corazon de carga
 
Icono_Asegurado

Iniciar sesión

/ Home / Cotizar mi Seguro / Seguros Individuales / Seguro Obligatorio de Salud Asociado al COVID-19
Seguro Individual Covid-19 Vida Camara

Seguro Obligatorio de Salud Asociado al COVID-19

 

SEGUROS COLECTIVOS
Estamos contigo siempre

Proteger a tus colaboradores con cobertura de salud y vida, para eventos asociados a COVID-19.

apoyo medico paciente gastos

Coberturas

  • Copago del 100% del gasto a pagar por atenciones hospitalarias y rehabilitación derivadas del COVID-19 en modalidad institucional (Fonasa).
  • Seguro de SaludEl deducible CAEC a pagar por atenciones de hospitalización y rehabilitación asociadas al COVID-19 realizadas en la red de prestadores CAEC (Isapre)
  • Salud 180 uf de indemnización en caso de fallecimiento por COVID-19

¿A quiénes cubre el seguro?

  • Todos los trabajadores del sector privado con contratos sujetos al Código del Trabajo y que estén desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial; ya sea que estén afiliados a Fonasa o Isapres.
  • Se excluyen aquellos trabajadores que hayan pactado el cumplimiento de su jornada bajo las modalidades de trabajo a distancia o teletrabajo de manera exclusiva.

Completa la Nómina y adjuntala en la solicitud.

¿Cuál es el precio de este seguro?

¿Qué es el seguro obligatorio covid-19?

Se ha establecido un seguro individual obligatorio de salud y vida asociado al Covid19. Este seguro debe ser contratado por las empresas del sector privado cuyos trabajadores están sujetos al Código del Trabajo, que estén desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial y que se encuentren afiliados a Fonasa/Isapre.

¿Cuál es el plazo para contratar este seguro?

Las empresas tienen el plazo de 30 días para contratar el seguro para sus colaboradores contado desde que se depositan las condiciones generales del seguro en la CMF, lo que ocurrió el 04 de junio de 2021. Para nuevas contrataciones, el empleador tendrá un plazo de diez días corridos desde el inicio de las labores del trabajador.

¿Quiénes deben ser asegurados en este seguro?

En caso de fallecimiento, serán beneficiarias del seguro las personas que a continuación se señalan, en el siguiente orden de precedencia

 ¿Quiénes son los beneficiarios del Seguro Obligatorio asociado al COVID-19 en caso de muerte del asegurado?

Las empresas tienen el plazo de 30 días para contratar el seguro para sus colaboradores contado desde que se depositan las condiciones generales del seguro en la CMF, lo que ocurrió el 04 de junio de 2021. Para nuevas contrataciones, el empleador tendrá un plazo de diez días corridos desde el inicio de las labores del trabajador.

Son beneficiarios del seguro en el siguiente orden de precedencia las siguientes personas:

  1. La o el cónyuge o conviviente civil sobreviviente.
  2. Los hijos menores de edad, los mayores de edad hasta los 24 años, solteros, que sigan cursos regulares en enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por éste, y los hijos con discapacidad, cualquiera sea su edad, por partes iguales.
  3. Los hijos mayores de edad, por partes iguales.
  4. Los padres, por partes iguales.
  5. A falta de todas las personas indicadas, la indemnización corresponderá por partes iguales a quienes acrediten la calidad de herederos.

¿Qué exclusiones tiene este seguro?

  • Gastos de hospitalización o muerte asociados a enfermedades distintas al COVID-19.
  • Gastos de hospitalización o muerte asociados o derivados de un accidente, de cualquier naturaleza o tipo, incluso si la víctima tiene COVID-19.
  • En el caso de asegurados afiliadas a FONASA, los gastos incurridos en prestadores que no pertenezcan a la Red Asistencial de la Modalidad de Atención institucional.
  • En el caso de personas aseguradas afiliadas a una Institución de Salud Previsional (ISAPRE), los gastos incurridos en prestadores que no pertenezcan a la red de prestadores de salud de cada institución pone a disposición de sus afiliados, con el propósito de otorgarles la CAEC. Sin perjuicio de lo anterior, el seguro deberá financiar una suma equivalente al monto del deducible que le hubiere correspondido pagar si el beneficiario se hubiese atendido en la red de prestadores respectiva para gozar de la CAEC, el cual en ningún caso será superior al equivalente a 126 unidades de fomento.

¿Este seguro tiene deducible o carencias?

    Según la ley este seguro no posee deducibles ni carencias de ninguna especie.

    ¿Cómo activo la cobertura del seguro?

    • Solo FONASA e Isapres podrán denunciar los siniestros de salud de las aseguradoras.


    ¿Se debe contratar este seguro para los trabajadores de casa particular, conserjes y trabajadores por faena?

      ¿Qué pasa si tengo un seguro de salud complementario individual o colectivo?

        Productos relacionados

        Siniestro Vida

        Accidentes Personales

        Un apoyo necesario

        Seguro Colectivo. Cubre muerte accidental y desmembramiento. Reembolsa gastos médicos asociados a accidentes.

        Empresas Colectivo

        5/50 para PYMES

        Seguro Complementario de Salud

        Para empresas desde 5 hasta 50 trabajadores. Contrata y gestiona tu seguro 100% Digital. Libre Elección.

        COTIZA Y Contrata aquí
        desde $4.201*