
Seguro Obligatorio de Salud Asociado al COVID-19
SEGUROS COLECTIVOS
Estamos contigo siempre
Proteger a tus colaboradores con cobertura de salud y vida, para eventos asociados a COVID-19.

Coberturas
- Copago del 100% del gasto a pagar por atenciones hospitalarias y rehabilitación derivadas del COVID-19 en modalidad institucional (Fonasa).
- Seguro de SaludEl deducible CAEC a pagar por atenciones de hospitalización y rehabilitación asociadas al COVID-19 realizadas en la red de prestadores CAEC (Isapre)Seguro de
- Salud180 uf de indemnización en caso de fallecimiento por COVID-19
¿A quiénes cubre el seguro?
- Todos los trabajadores del sector privado con contratos sujetos al Código del Trabajo y que estén desarrollando sus labores de manera presencial, total o parcial; ya sea que estén afiliados a Fonasa o Isapres.
- Seguro de SaludSe excluyen aquellos trabajadores que hayan pactado el cumplimiento de su jornada bajo las modalidades de trabajo a distancia o teletrabajo de manera exclusiva.
Completa la Nómina y adjuntala en la solicitud.
¿Qué cubre el seguro obligatorio asociado al COVID-19?
¿Cómo se hace efectiva la cobertura del seguro?
En caso de hospitalización y/o rehabilitación, la institución del sistema previsional de salud a la que pertenece el asegurado (Fonasa/Isapre) solicitará el pago a la aseguradora.
En caso de fallecimiento, los beneficiarios podrán solicitar directamente a la compañía de seguros el pago de la indemnización a través de su sitio web.
Tanto para el caso de que se solicite el reembolso de gastos de los gastos médicos y de la indemnización de fallecimiento, la compañía aseguradora tiene un plazo de 10 días hábiles contados desde dicha solicitud para pagar o rechazar en forma fundada.
¿El Seguro Obligatorio asociado al COVID-19 tiene deducibles y/o carencias?
Este seguro no posee ningún tipo de deducibles ni carencias.
¿Qué exclusiones tiene el Seguro Obligatorio asociado al COVID-19?
- Gastos de hospitalización o muerte asociados a enfermedades distintas al COVID-19.
- Gastos de hospitalización o muerte asociados o derivados de un accidente, de cualquier naturaleza o tipo, incluso si la víctima tiene COVID-19.
- En el caso de asegurados afiliados a FONASA, los gastos incurridos en prestadores que no pertenezcan a la Red Asistencial de la Modalidad de Atención Institucional.
- En el caso de asegurados afiliados a una Institución de Salud Previsional (ISAPRE), los gastos incurridos en prestadores que no pertenezcan a la red de prestadores de salud que cada Institución pone a disposición de sus afiliados, con el propósito de otorgarles la CAEC. De todas maneras, el seguro deberá financiar una suma equivalente al monto del deducible que le hubiere correspondido pagar si el beneficiario se hubiese atendido en la red de prestadores respectiva para gozar de la CAEC, el cual en ningún caso será superior al equivalente a 126 unidades de fomento.
¿Quiénes son los beneficiarios del Seguro Obligatorio asociado al COVID-19 en caso de muerte del asegurado?
Son beneficiarios del seguro en el siguiente orden de precedencia las siguientes personas:
- La o el cónyuge o conviviente civil sobreviviente.
- Los hijos menores de edad, los mayores de edad hasta los 24 años, solteros, que sigan cursos regulares en enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por éste, y los hijos con discapacidad, cualquiera sea su edad, por partes iguales.
- Los hijos mayores de edad, por partes iguales.
- Los padres, por partes iguales.
- A falta de todas las personas indicadas, la indemnización corresponderá por partes iguales a quienes acrediten la calidad de herederos.
¿Debo renovar este seguro obligatorio asociado al COVID-19?
Si al término del plazo de vigencia de la póliza del seguro aún permanece vigente la alerta sanitaria decretada por la autoridad con ocasión del brote del Nuevo Coronavirus COVID-19, el empleador deberá contratar un nuevo seguro o renovar el que se encuentre vigente.
¿Cuál es el período de vigencia del seguro?
El plazo de vigencia del contrato de seguro será de un año contado desde su respectiva contratación.
¿Quién debe contratar y pagar este seguro?
¿A quiénes cubre este seguro?
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Un apoyo necesario
Seguro Colectivo. Cubre muerte accidental y desmembramiento. Reembolsa gastos médicos asociados a accidentes.
El riesgo es cubierto por Compañía de Seguros de Vida Cámara S.A. según las condiciones generales incorporadas al Depósito de Pólizas de La Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL320210063. La presente información sólo representa un resumen de las coberturas, el detalle de éstas, sus exclusiones y demás condiciones aplicables las encuentras en la póliza antes mencionada.
En caso de consultas, podrá llamar al centro de atención al Asegurado de Compañía de Seguros de Vida Cámara, al teléfono 600 3200 700, opción 2, donde un ejecutivo especializado lo atenderá de Lunes a Jueves de 09.00 a 18.30 y Viernes de 09.00 a 14.00, excepto festivos.
*El valor 7.897 es + IVA y referencial y por persona. Fue calculado con el valor de la UF del día 22/06/2021 igual a $29.686,11 y el valor del seguro por persona UF 0,266.
Para acceder al descuento masivo a asegurados disponible para las 2.000 primeras ventas se debe ingresar el código promocional COVID19VC en el flujo de contratación pagando con tarjeta de crédito.
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