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Exclusivo para atenciones en clínicas y centros médicos RedSalud
Este seguro incluye
Beneficio Exclusivo: Descuento Fármaco Ambulatorio
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Beneficio sobre arancel dental
Descuento
60%Beneficios Dcto Fármaco Ambulatorio
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30%Beneficios Dcto Fármaco Ambulatorio
Descuento
70%Tope máximo mensual : $25.000 CLP por beneficiario
*Beneficio válido únicamente presentando tu receta médica y cédula de identidad
COBERTURA | PORCENTAJE REEMBOLSO PRESTADOR REDSALUD | TOPE UF POR PRESTACIÓN | TOPE UF ANUAL COBERTURA |
---|---|---|---|
DÍA DE CAMA HOSPITALIZACIÓN | 50% | ||
DÍA DE CAMA UTI/UCI | 50% | ||
SERVICIOS HOSPITALARIOS | 50% | ||
HONORARIOS MÉDICOS | 50% | ||
CIRUGÍA AMBULATORIA | 50% | ||
MEDICAMENTOS ONCOLÓGICOS | 50% | ||
PARTO NORMAL | 50% | ||
CESÁREA | 50% | ||
COMPLICACIONES DEL EMBARAZO Y PARTO | 50% | ||
ABORTO NO VOLUNTARIO | 50% | ||
PRÓTESIS QUIRÚRGICAS | 50% | 20,00 UF | |
SERVICIO DE AMBULANCIA TERRESTRE (MÁXIMO 50 KILOMETROS) | 50% | 10 UF | |
PRESTACIONES NO ARANCELADO | 25% | 5,00 UF | |
CIRUGÍAS RESTRINGIDAS | 50% | 10,00 UF |
COBERTURA | PORCENTAJE REEMBOLSO PRESTADOR REDSALUD | TOPE UF POR PRESTACIÓN | TOPE UF ANUAL COBERTURA |
---|---|---|---|
CONSULTAS MÉDICAS | 25% | 20,00 UF | |
EXÁMENES DE LABORATORIO | 25% | ||
EXÁMENES DE IMAGENOLOGÍA, RADIOGRAFÍAS, ULTRASONOGRAFÍA Y MEDICINA NUCLEAR | 25% | ||
PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICO Y TERAPÉUTICOS NO QUIRÚRGICOS | 25% | ||
KINESIOLOGÍA (*) | 25% | ||
CONSULTAS MÉDICAS SIQUIATRÍA Y PSICOLOGÍA | 25% | 1,00 UF | 5,00 UF |
PRESTACIONES NO ARANCELADAS | 20% |
(*) Para la prestación de Kinesiología el tope será de 12 sesiones anuales, manteniendo los porcentajes y topes máximos de reembolso descrito en el plan de cobertura.
COBERTURA | PORCENTAJE DE REEMBOLSO EN PRESTADOR REDSALUD |
---|---|
DÍA DE CAMA MEDICINA, UTI, UCI, INTERMEDIO, RECUPERACIÓN | 100% |
SERVICIOS/MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS | 100% |
HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS | 100% |
PRÓTESIS QUIRURGICAS | 100% |
CIRUGÍA DENTAL POR ACCIDENTE | 100% |
SERVICIO PRIVADO DE ENFERMERA* | 100% |
AMBULANCIA TERRESTRE** | 100% |
COBERTURA | PORCENTAJE DE REEMBOLSO EN PRESTADOR REDSALUD |
---|---|
CIRUGÍA AMBULATORIA | 100% |
CONSULTAS MÉDICAS | 100% |
EXÁMENES DE LABORATORIO | 100% |
EXÁMENES IMAGENOLOGÍA | 100% |
PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICOS Y TERAPÉUTICOS | 100% |
COBERTURA | PORCENTAJE DE REEMBOLSO EN PRESTADOR REDSALUD |
---|---|
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS GENÉRICOS | 50% |
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS BIOEQUIVALENTES GENÉRICOS | 50% |
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS BIOEQUIVALENTES MARCA | 50% |
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS DE MARCA | 50% |
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS REFERENTE, ORIGINAL O INNOVADOR | 50% |
COBERTURA | PORCENTAJE DE REEMBOLSO EN PRESTADOR REDSALUD |
---|---|
ÓRTESIS HOSPITALARIA | 100% |
CIRUGÍA PLÁSTICA REPARADORA POR ACCIDENTE | 100% |
DROGAS ANTINEOPLÁSTICAS | 100% |
DROGAS INMUNOSUPRESORAS PARA TRANSPLANTES DE ÓRGANOS | 100% |
AMBULANCIA AÉREA**** | 100% |
COMPLICACIONES DEL EMBARAZO | 100% |
KINESIOLOGÍA | 100% |
PRÓTESIS Y ÓRTESIS AMBULATORIA | 100% |
El Beneficio Ambulatorio de la cobertura complementaria de salud contempla un período una carencia de 60 (sesenta) días contados desde la fecha de contratación para las siguientes prestaciones en la medida que estén incluídas en el Plan de Reembolso contenido en este certificado: Tomografías Computarizadas, Resonancias Magnéticas, Procedimientos de Diagnósticos y Procedimientos Terapéuticos no Quirúrgicos.
Sin perjuicio de lo anterior, tratándose de los planes de cobertura complementaria de salud con cobertura Hospitalaria, se aplicará una carencia de un (1) año contada desde la fecha de contratación para las siguientes Cirugías Restringidas: Cirugía Bariátrica y Cirugía Rinoplastia y/o Septoplastia, las que se encuentran descritas en el artículo V, numerales 111 y 112 respectivamente, de este certificado.
La cobertura de Extensión Catastrófica tiene un período de carencia de sesenta (60) días, contados desde la vigencia inicial del asegurado, el que será aplicable tanto al asegurado titular como a sus dependientes siempre que la póliza se encuentre vigente. Esta carencia no se considera en caso de accidentes.
Las exclusiones contempladas en esta póliza corresponden a las establecidas en el Artículo 8 de las Condiciones Generales inscritas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL 320230475, a excepción de las exclusiones de cobertura establecida en la letra a), solo en relación a las consultas psiquiátricas y/o psicológicas, dejando por tanto excluido de cobertura las demás prestaciones médicas indicadas en la letra a) de la señalada disposición, la que se procede a levantar por lo que no será aplicables a la presente póliza. Adicionalmente, se procede a levantar la exclusión contenida en la letra f) de la mencionada disposición contractual relativa al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), la que será cubierta según el Plan de Reembolso únicamente respecto de los beneficios hospitalarios siempre y cuando el diagnostico no sea preexistente. Los gastos ambulatorios de esta condición de salud se encuentran expresamente excluidos de toda cobertura.
La póliza no cubre gastos médicos en que haya incurrido un asegurado que sean relativos a alguna de las prestaciones, medicamentos, gastos farmacéuticos, procedimientos o estudios que se indican a continuación, o se originen, o sean consecuencia o complicación de alguna incapacidad que se menciona en el presente artículo.
Se encuentran excluidos de cobertura:
Prima por Asegurado
Tramo por edad | Plan Ambulatorio 25% - Hospitalario 50% | Plan Ambulatorio 25% - Hospitalario 50% Extensión Catastrófica DED 30 UF | Plan Ambulatorio 25% - Hospitalario 50% Extensión Catastrófica DED 50 UF | Plan Ambulatorio 50% - Hospitalario 50% | Plan Ambulatorio 50% - Hospitalario 50% Extensión Catastrófica DED 30 UF | Plan Ambulatorio 50% - Hospitalario 50% Extensión Catastrófica DED 50 UF | Plan Ambulatorio 70% - Hospitalario 70% | Plan Ambulatorio 70% - Hospitalario 70% Extensión Catastrófica DED 30 UF | Plan Ambulatorio 70% - Hospitalario 70% Extensión Catastrófica DED 50 UF |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
0 - 20 | 0,36 | 0,50 | 0,46 | 0,48 | 0,62 | 0,58 | 0,62 | 0,76 | 0,72 |
21 - 30 | 0,50 | 0,71 | 0,64 | 0,66 | 0,87 | 0,80 | 0,84 | 1,05 | 0,98 |
31 - 40 | 0,58 | 0,87 | 0,77 | 0,74 | 1,03 | 0,93 | 0,93 | 1,23 | 1,13 |
41 - 50 | 0,61 | 0,96 | 0,84 | 0,78 | 1,13 | 1,01 | 0,98 | 1,34 | 1,22 |
51 - 60 | 0,65 | 1,26 | 1,06 | 0,82 | 1,44 | 1,24 | 1,04 | 1,66 | 1,45 |
61-65 | 0,68 | 1,51 | 1,24 | 0,86 | 1,69 | 1,41 | 1,08 | 1,91 | 1,64 |
66-70 | 0,76 | 1,90 | 1,52 | 0,95 | 2,09 | 1,71 | 1,20 | 2,34 | 1,96 |
71-75 | 0,78 | 1,97 | 1,57 | 0,98 | 2,17 | 1,77 | 1,24 | 2,43 | 2,03 |
76-80 | 0,90 | 2,22 | 1,78 | 1,14 | 2,45 | 2,01 | 1,43 | 2,75 | 2,31 |
81-85 | 0,94 | 2,31 | 1,86 | 1,20 | 2,56 | 2,10 | 1,51 | 2,87 | 2,42 |
86-90 | 1,14 | 2,90 | 2,32 | 1,45 | 3,20 | 2,62 | 1,83 | 3,59 | 3,00 |
Más de 90 | 1,29 | 3,40 | 2,70 | 1,64 | 3,75 | 3,05 | 2,08 | 4,18 | 3,48 |
Tramo por edad | Prima por Asegurado |
---|---|
0 - 20 | 0,16 UF iva incluido |
21 - 30 | 0,24 UF iva incluido |
31 - 40 | 0,34 UF iva incluido |
41 - 50 | 0,41 UF iva incluido |
51 - 60 | 0,72 UF iva incluido |
61 - 70 | 1,24 UF iva incluido |
71 - 80 | 1,43 UF iva incluido |
81 - 90 | 1,65 UF iva incluido |
Más de 90 | 2,46 UF iva incluido |
Los asegurados que cumplan la edad máxima de permanencia durante la vigencia del contrato de seguro mantendrán su cobertura hasta el término de vigencia de la póliza. Las categorías de cónyuge, conviviente civil y conviviente no civil son excluyentes entre sí; por ello, en cada grupo familiar sólo podrá permanecer vigente una de estas tipologías. Los nuevos asegurados dependientes ingresarán al seguro sólo una vez evaluada su solicitud de incorporación y aceptado su ingreso por Vida Cámara. En estos casos la cobertura se iniciará el primer día del período de cobertura siguiente al de su aceptación en incorporación al seguro, con excepción de los hijos recién nacido, cuya vigencia se ajustará a lo siguiente:
Si la Solicitud de Incorporación es presentada a la compañía hasta el día 30 de vida del recién nacido, la vigencia será contar del 14avo día de su nacimiento.
Si la solicitud de incorporación es presentada a la compañía con posterioridad al día 30 de nacido, la vigencia será a partir del primer día del periodo de cobertura siguiente de la presentación de la solicitud de incorporación.
La cobertura de este seguro es anual con renovación automática por periodos sucesivos e iguales, mientras se cumplan los requisitos de asegurabilidad, se mantenga el asegurado titular al día en el pago de las respectivas primas y se encuentre vigente el seguro colectivo.
DERECHO A RETRACTO
Como asegurado, podrás retractarte del seguro, sin expresión de causa ni cargo alguno, dentro de diez (10) días desde la recepción de la póliza, teniendo a la devolución de la prima que hubiere pagado, a no ser que el evento asociado al seguro ocurra durante ese período de tiempo.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL SEGURO
El asegurado podrá comunicar su decisión de terminar anticipadamente el seguro a través del portal Vida Cámara, contenido en el sitio web de la compañía, ingresando con su acceso personal y seleccionando la solicitud correspondiente, o a través de una comunicación escrita dirigida a la compañía.
La terminación del seguro se efectuará a contar de la fecha de recepción en la compañía de la comunicación del asegurado. En los casos que corresponda, se efectuará devolución de prima del periodo de cobertura no consumido.
COBERTURA | PORCENTAJE REEMBOLSO PRESTADOR REDSALUD | TOPE UF POR PRESTACIÓN | TOPE UF ANUAL COBERTURA |
---|---|---|---|
DÍA DE CAMA HOSPITALIZACIÓN | 50% | ||
DÍA DE CAMA UTI/UCI | 50% | ||
SERVICIOS HOSPITALARIOS | 50% | ||
HONORARIOS MÉDICOS | 50% | ||
CIRUGÍA AMBULATORIA | 50% | ||
MEDICAMENTOS ONCOLÓGICOS | 50% | ||
PARTO NORMAL | 50% | ||
CESÁREA | 50% | ||
COMPLICACIONES DEL EMBARAZO Y PARTO | 50% | ||
ABORTO NO VOLUNTARIO | 50% | ||
PRÓTESIS QUIRÚRGICAS | 50% | 20,00 UF | |
SERVICIO DE AMBULANCIA TERRESTRE (MÁXIMO 50 KILOMETROS) | 50% | 10 UF | |
PRESTACIONES NO ARANCELADO | 25% | 5,00 UF | |
CIRUGÍAS RESTRINGIDAS | 50% | 10,00 UF |
COBERTURA | PORCENTAJE REEMBOLSO PRESTADOR REDSALUD | TOPE UF POR PRESTACIÓN | TOPE UF ANUAL COBERTURA |
---|---|---|---|
CONSULTAS MÉDICAS | 25% | 20,00 UF | |
EXÁMENES DE LABORATORIO | 25% | ||
EXÁMENES DE IMAGENOLOGÍA, RADIOGRAFÍAS, ULTRASONOGRAFÍA Y MEDICINA NUCLEAR | 25% | ||
PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICO Y TERAPÉUTICOS NO QUIRÚRGICOS | 25% | ||
KINESIOLOGÍA (*) | 25% | ||
CONSULTAS MÉDICAS SIQUIATRÍA Y PSICOLOGÍA | 25% | 1,00 UF | 5,00 UF |
PRESTACIONES NO ARANCELADAS | 20% |
(*) Para la prestación de Kinesiología el tope será de 12 sesiones anuales, manteniendo los porcentajes y topes máximos de reembolso descrito en el plan de cobertura.
COBERTURA | PORCENTAJE DE REEMBOLSO EN PRESTADOR REDSALUD |
---|---|
DÍA DE CAMA MEDICINA, UTI, UCI, INTERMEDIO, RECUPERACIÓN | 100% |
SERVICIOS/MEDICAMENTOS HOSPITALARIOS | 100% |
HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS | 100% |
PRÓTESIS QUIRURGICAS | 100% |
CIRUGÍA DENTAL POR ACCIDENTE | 100% |
SERVICIO PRIVADO DE ENFERMERA* | 100% |
AMBULANCIA TERRESTRE** | 100% |
COBERTURA | PORCENTAJE DE REEMBOLSO EN PRESTADOR REDSALUD |
---|---|
CIRUGÍA AMBULATORIA | 100% |
CONSULTAS MÉDICAS | 100% |
EXÁMENES DE LABORATORIO | 100% |
EXÁMENES IMAGENOLOGÍA | 100% |
PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICOS Y TERAPÉUTICOS | 100% |
COBERTURA | PORCENTAJE DE REEMBOLSO EN PRESTADOR REDSALUD |
---|---|
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS GENÉRICOS | 50% |
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS BIOEQUIVALENTES GENÉRICOS | 50% |
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS BIOEQUIVALENTES MARCA | 50% |
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS DE MARCA | 50% |
MEDICAMENTOS AMBULATORIOS REFERENTE, ORIGINAL O INNOVADOR | 50% |
COBERTURA | PORCENTAJE DE REEMBOLSO EN PRESTADOR REDSALUD |
---|---|
ÓRTESIS HOSPITALARIA | 100% |
CIRUGÍA PLÁSTICA REPARADORA POR ACCIDENTE | 100% |
DROGAS ANTINEOPLÁSTICAS | 100% |
DROGAS INMUNOSUPRESORAS PARA TRANSPLANTES DE ÓRGANOS | 100% |
AMBULANCIA AÉREA**** | 100% |
COMPLICACIONES DEL EMBARAZO | 100% |
KINESIOLOGÍA | 100% |
PRÓTESIS Y ÓRTESIS AMBULATORIA | 100% |
El Beneficio Ambulatorio de la cobertura complementaria de salud contempla un período una carencia de 60 (sesenta) días contados desde la fecha de contratación para las siguientes prestaciones en la medida que estén incluídas en el Plan de Reembolso contenido en este certificado: Tomografías Computarizadas, Resonancias Magnéticas, Procedimientos de Diagnósticos y Procedimientos Terapéuticos no Quirúrgicos.
Sin perjuicio de lo anterior, tratándose de los planes de cobertura complementaria de salud con cobertura Hospitalaria, se aplicará una carencia de un (1) año contada desde la fecha de contratación para las siguientes Cirugías Restringidas: Cirugía Bariátrica y Cirugía Rinoplastia y/o Septoplastia, las que se encuentran descritas en el artículo V, numerales 111 y 112 respectivamente, de este certificado.
La cobertura de Extensión Catastrófica tiene un período de carencia de sesenta (60) días, contados desde la vigencia inicial del asegurado, el que será aplicable tanto al asegurado titular como a sus dependientes siempre que la póliza se encuentre vigente. Esta carencia no se considera en caso de accidentes.
Las exclusiones contempladas en esta póliza corresponden a las establecidas en el Artículo 8 de las Condiciones Generales inscritas en la Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL 320230475, a excepción de las exclusiones de cobertura establecida en la letra a), solo en relación a las consultas psiquiátricas y/o psicológicas, dejando por tanto excluido de cobertura las demás prestaciones médicas indicadas en la letra a) de la señalada disposición, la que se procede a levantar por lo que no será aplicables a la presente póliza. Adicionalmente, se procede a levantar la exclusión contenida en la letra f) de la mencionada disposición contractual relativa al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), la que será cubierta según el Plan de Reembolso únicamente respecto de los beneficios hospitalarios siempre y cuando el diagnostico no sea preexistente. Los gastos ambulatorios de esta condición de salud se encuentran expresamente excluidos de toda cobertura.
La póliza no cubre gastos médicos en que haya incurrido un asegurado que sean relativos a alguna de las prestaciones, medicamentos, gastos farmacéuticos, procedimientos o estudios que se indican a continuación, o se originen, o sean consecuencia o complicación de alguna incapacidad que se menciona en el presente artículo.
Se encuentran excluidos de cobertura:
Prima por Asegurado
Tramo por edad | Plan Ambulatorio 25% - Hospitalario 50% | Plan Ambulatorio 25% - Hospitalario 50% Extensión Catastrófica DED 30 UF | Plan Ambulatorio 25% - Hospitalario 50% Extensión Catastrófica DED 50 UF | Plan Ambulatorio 50% - Hospitalario 50% | Plan Ambulatorio 50% - Hospitalario 50% Extensión Catastrófica DED 30 UF | Plan Ambulatorio 50% - Hospitalario 50% Extensión Catastrófica DED 50 UF | Plan Ambulatorio 70% - Hospitalario 70% | Plan Ambulatorio 70% - Hospitalario 70% Extensión Catastrófica DED 30 UF | Plan Ambulatorio 70% - Hospitalario 70% Extensión Catastrófica DED 50 UF |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
0 - 20 | 0,36 | 0,50 | 0,46 | 0,48 | 0,62 | 0,58 | 0,62 | 0,76 | 0,72 |
21 - 30 | 0,50 | 0,71 | 0,64 | 0,66 | 0,87 | 0,80 | 0,84 | 1,05 | 0,98 |
31 - 40 | 0,58 | 0,87 | 0,77 | 0,74 | 1,03 | 0,93 | 0,93 | 1,23 | 1,13 |
41 - 50 | 0,61 | 0,96 | 0,84 | 0,78 | 1,13 | 1,01 | 0,98 | 1,34 | 1,22 |
51 - 60 | 0,65 | 1,26 | 1,06 | 0,82 | 1,44 | 1,24 | 1,04 | 1,66 | 1,45 |
61-65 | 0,68 | 1,51 | 1,24 | 0,86 | 1,69 | 1,41 | 1,08 | 1,91 | 1,64 |
66-70 | 0,76 | 1,90 | 1,52 | 0,95 | 2,09 | 1,71 | 1,20 | 2,34 | 1,96 |
71-75 | 0,78 | 1,97 | 1,57 | 0,98 | 2,17 | 1,77 | 1,24 | 2,43 | 2,03 |
76-80 | 0,90 | 2,22 | 1,78 | 1,14 | 2,45 | 2,01 | 1,43 | 2,75 | 2,31 |
81-85 | 0,94 | 2,31 | 1,86 | 1,20 | 2,56 | 2,10 | 1,51 | 2,87 | 2,42 |
86-90 | 1,14 | 2,90 | 2,32 | 1,45 | 3,20 | 2,62 | 1,83 | 3,59 | 3,00 |
Más de 90 | 1,29 | 3,40 | 2,70 | 1,64 | 3,75 | 3,05 | 2,08 | 4,18 | 3,48 |
Tramo por edad | Prima por Asegurado |
---|---|
0 - 20 | 0,16 UF iva incluido |
21 - 30 | 0,24 UF iva incluido |
31 - 40 | 0,34 UF iva incluido |
41 - 50 | 0,41 UF iva incluido |
51 - 60 | 0,72 UF iva incluido |
61 - 70 | 1,24 UF iva incluido |
71 - 80 | 1,43 UF iva incluido |
81 - 90 | 1,65 UF iva incluido |
Más de 90 | 2,46 UF iva incluido |
Los asegurados que cumplan la edad máxima de permanencia durante la vigencia del contrato de seguro mantendrán su cobertura hasta el término de vigencia de la póliza. Las categorías de cónyuge, conviviente civil y conviviente no civil son excluyentes entre sí; por ello, en cada grupo familiar sólo podrá permanecer vigente una de estas tipologías. Los nuevos asegurados dependientes ingresarán al seguro sólo una vez evaluada su solicitud de incorporación y aceptado su ingreso por Vida Cámara. En estos casos la cobertura se iniciará el primer día del período de cobertura siguiente al de su aceptación en incorporación al seguro, con excepción de los hijos recién nacido, cuya vigencia se ajustará a lo siguiente:
Si la Solicitud de Incorporación es presentada a la compañía hasta el día 30 de vida del recién nacido, la vigencia será contar del 14avo día de su nacimiento.
Si la solicitud de incorporación es presentada a la compañía con posterioridad al día 30 de nacido, la vigencia será a partir del primer día del periodo de cobertura siguiente de la presentación de la solicitud de incorporación.
La cobertura de este seguro es anual con renovación automática por periodos sucesivos e iguales, mientras se cumplan los requisitos de asegurabilidad, se mantenga el asegurado titular al día en el pago de las respectivas primas y se encuentre vigente el seguro colectivo.
DERECHO A RETRACTO
Como asegurado, podrás retractarte del seguro, sin expresión de causa ni cargo alguno, dentro de diez (10) días desde la recepción de la póliza, teniendo a la devolución de la prima que hubiere pagado, a no ser que el evento asociado al seguro ocurra durante ese período de tiempo.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL SEGURO
El asegurado podrá comunicar su decisión de terminar anticipadamente el seguro a través del portal Vida Cámara, contenido en el sitio web de la compañía, ingresando con su acceso personal y seleccionando la solicitud correspondiente, o a través de una comunicación escrita dirigida a la compañía.
La terminación del seguro se efectuará a contar de la fecha de recepción en la compañía de la comunicación del asegurado. En los casos que corresponda, se efectuará devolución de prima del periodo de cobertura no consumido.
El Asegurado podrá retractarse del seguro, sin expresión de causa ni cargo alguno, dentro del plazo de diez (10) días contados desde la recepción de la póliza, teniendo derecho a la devolución de la prima que hubiere pagado, a no ser que el evento asociado al seguro ocurra durante este período de tiempo.
El riesgo es cubierto por Compañía de Seguros de Vida Cámara S.A. según las condiciones generales incorporadas al Depósito de Pólizas de La Comisión para el Mercado Financiero bajo el código POL320230475. La presente información sólo representa un resumen de las coberturas, el detalle de éstas, sus exclusiones y demás condiciones aplicables se encuentra en las pólizas ante mencionadas.
En caso de consultas, podrá llamar al centro de atención al Asegurado de Compañía de Seguros de Vida Cámara, al teléfono 600 3200 700, opción 2, donde un ejecutivo especializado lo atenderá de Lunes a Jueves de 09.00 a 18.30 y Viernes de 09.00 a 14.00, excepto festivos.
*0,46 UF mensual, precio calculado a UF $39.269,69 al 01/07/2025
Compañía de Seguros de Vida Cámara S.A. y RedSalud S.A. son empresas relacionadas de acuerdo a lo dispuesto en el Título XVI de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, formando parte del grupo empresarial Inversiones la Construcción S.A.