El Seguro Colectivo de Vida es un seguro enfocado a otorgar cobertura a los trabajadores de empresas o instituciones, que entrega un capital asegurado (monto en UF) en caso de muerte o invalidez. Este seguro no cubre enfermedades o condiciones que padezca el asegurado antes de contratar el seguro y por esto cuando se contrata se realiza una declaración personal de salud y deportes y actividades riesgosas.

En caso de que fallezcas durante la vigencia de la póliza en Vida Cámara, indemnizaremos el capital asegurado a tus beneficiarios. Si no designas beneficiarios, la indemnización se pagará a tus herederos legales.

Se pueden agregar coberturas adicionales a tu seguro como:

  1. Muerte Accidental: Pagaremos a tus beneficiarios de la póliza principal el capital asegurado si tu fallecimiento se produce a consecuencia directa e inmediata (a más tardar 90 días siguientes) de un accidente.
  2. Invalidez Total y Permanente 2/3: Te pagaremos el capital asegurado de la cobertura si se acredita tu "Invalidez Total y Permanente Dos Tercios" y si ésta se produjo en la forma y condiciones establecidas en la póliza.
  3. Invalidez Total y Permanente 80%: Te pagaremos el capital asegurado de la cobertura si se acredita tu "Invalidez Total y Permanente 80%", y si ésta se produjo en la forma y condiciones establecidas en la póliza.
  4. Invalidez Accidental: Te pagaremos el capital asegurado de la cobertura si se acredita tu "Invalidez Accidental" y si ésta se produjo en la forma y condiciones establecidas en la póliza.

Es importante tener un seguro de vida para apoyar a tu familia o beneficiarios cuando tu no estés o no puedas trabajar.